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Ley que prohíbe uso de marcas confiscadas por régimen cubano queda en manos de Biden


El proyecto de ley que prohíbe la aplicación o validación de cualquier marca registrada confiscada por el gobierno de Cuba espera la aprobación del presidente Joe Biden.
El proyecto de ley que prohíbe la aplicación o validación de cualquier marca registrada confiscada por el gobierno de Cuba espera la aprobación del presidente Joe Biden.

Este proyecto de ley prohíbe a los tribunales estadounidenses y a las agencias del poder ejecutivo hacer cumplir o validar dichas marcas confiscadas si la marca pertenece a un negocio o activo confiscado.

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La Ley No Marcas Robadas Reconocidas en Estados Unidos será enviada a la Casa Blanca para la firma del presidente Joe Biden después de que el Senado la aprobara el martes por unanimidad.

La normativa protegería los intereses y derechos de los empresarios que tuvieron bienes confiscados por el régimen castrista, a menos que se demuestre que hubo un consentimiento claro otorgado por el propietario original de la marca comercial.

La misma ya había sido aprobada por la Cámara de Representantes en noviembre del 2023. Fue presentada por el legislador republicano Darrell Issa, de California, y la demócrata Debbie Wasserman Schultz, de la Florida.

La iniciativa tendría importantes implicaciones sobre marcas cubanas como por ejemplo el Ron Havana Club, que fue vendido a Bacardí en los años 90 y quien ha peleado en tribunales de Estados Unidos por la legitimidad de la marca contra el régimen cubano y su distribuidor internacional, la empresa francesa Pernod Ricard.

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Este proyecto de ley prohíbe a los tribunales estadounidenses y a las agencias del poder ejecutivo hacer cumplir o validar dichas marcas confiscadas si la marca pertenece a un negocio o activo confiscado.

Actualmente, la prohibición se limita a los tribunales estadounidenses y se aplica sólo si un nacional cubano hace valer la marca confiscada en Estados Unidos.

Según el proyecto de ley, la prohibición no se aplicará si el propietario original de la marca, o un sucesor, ha dado su consentimiento expreso a la acción de ejecución.

La prohibición se aplicará sólo si la entidad que hace valer los derechos de marca conocía o debía haber sabido, al momento de adquirir los derechos, que la marca era igual o sustancialmente similar a otra relacionada con un negocio o activo confiscado.

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