Dentro de la sociedad cubana es común que un padre le pegue a su hijo con lo primero que tenga al alcance de la mano, como una chancleta, un cinto, un palo, un gajo… En ocasiones las palizas dejan marcas y provocan fuertes daños, tanto en el cuerpo como en la psiquis de los menores, pero es muy raro que se haga una denuncia y alguno de estos casos lleguen ante un tribunal de justicia.
Aunque el tema es frecuente, es poco comentado en la sociedad cubana y
se refleja mínimamente en los medios de difusión, con la salvedad de algunos spots educativos en la televisión nacional.
Aini Martin Valero, madre de dos niñas, entiende que la violencia infantil en el país es un problema latente y asegura que “eso es bien común aquí, no es por justificar porque no se pueden justificar estos hechos, la madre cubana vive con mucho estrés, por toda la situación económica que le rodea y cuando hablo de económica, hablo de alimentar a sus propios hijos, vestirlos calzarlos, etcétera."
Valero explica que en su barrio del municipio capitalino de Regla muchas madres golpean a sus hijos con una rama de una planta conocida como Escoba Amarga y a “los muchachos de veras que les pica”.
La abogada Laritza Diversent, residente de La Habana, opina que esta situación en Cuba es una cuestión cultural aunque aclara que no se trata de la mayoría de los padres cubanos, pero que sí se ha trasmitido de generación en generación.
La abogada dice que escenas de golpizas en las calles se repiten con frecuencia, “un niño le da una perreta porque quiere un juguete, el padre o la madre le meten dos nalgadas, cuatro pescozones bien dados y se quedó así y nadie protesta, nadie se inmuta, es parte de la cotidianidad de la sociedad cubana llevar recio a los hijos en ese sentido”, resalta.
La abogada habla del caso en que la violencia se da en plena calle y hasta en la propia escuela, por ejemplo cuando las madres reciben quejas del comportamiento de sus hijos y entonces “le dan golpizas abismales con palos, con lo que tengan. Si sienten que la mano les duele mucho, utilizan cintos, zambranes o castigos como hincarlos arriba de una chapita.”
Ninguno de estos episodios trasciende al plano judicial. Sólo cuando la violencia es muy exagerada y pone en riesgo la vida del menor, es que los casos pueden llegar a un tribunal, explica Diversent y dice estar segura de que “los tribunales no atienden muchos casos de ese tipo”.
En un estudio realizado en el sector “30 de noviembre” en la provincia Santiago de Cuba, donde se encuestó a menores de 8 a 10 años de edad, revelaron que los abusos verbales más comunes eran frases desvalorizantes y humillantes como: maldita seas, ojalá te mueras, te voy a matar, eres una inútil, loca, monga, fea, perra, 'degenerá', y palabras obscenas en proporciones alarmantes fueron referidas por los niños como habitualmente empleadas por los padres para lograr su obediencia.
En Cuba no fue hasta el 2009 que se anunció un anteproyecto de ley que contemplaba el derecho de los niños a ser protegidos de la violencia física y psíquica, la explotación, el abuso sexual y el descuido o trato negligente.
En un artículo publicado el 6 de noviembre de ese mismo año en el periódico Juventud Rebelde se anunciaba que el Código de Familia cubano estaba en proceso de modificación, y se adecuaría sus preceptos —una vez aprobado— a los lineamientos de las Convenciones de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y sobre los derechos del niño.
“La nueva Ley debe establecer expresamente los derechos que tendrían los niños a ser protegidos de toda forma de violencia física y psíquica, explotación, abuso sexual, descuido o trato negligente,” detalló el escrito.
“Supuestamente el nuevo texto legal regula el derecho de los padres, ya permitido por la Ley vigente, de corregir a sus hijos, pero esclareciendo que dicha corrección debe ser adecuada, moderada, sin el empleo de violencia física o psíquica, ni con métodos humillantes”.
Según el artículo, existen delitos en el Código Penal destinados a sancionar a los progenitores que cometen estos hechos, con independencia de medidas civiles que se pueden tomar, como retirarles la patria potestad.
La experta en leyes Laritza Diversent dice que al no explicarse hasta qué punto el método de corregir la conducta del menor es “moderado” y al no existir normas que repriman estas conductas, “los padres o las familias no las tienen en cuenta, no hay una sensibilidad. Por eso se siguen dando como naturales esos casos de violencia infantil que dejan marcas, no solo físicas sino psicológicas en los menores”.
El 26 de enero de 1990 Cuba se incorporó a la firma de la Convención sobre los Derechos del niño (CDN) y fue ratificada al siguiente año. La CDN es un tratado internacional de las Naciones Unidas propuesto en 1924 por el que los estados firmantes reconocen los derechos del menor.
Aunque el tema es frecuente, es poco comentado en la sociedad cubana y
se refleja mínimamente en los medios de difusión, con la salvedad de algunos spots educativos en la televisión nacional.
Aini Martin Valero, madre de dos niñas, entiende que la violencia infantil en el país es un problema latente y asegura que “eso es bien común aquí, no es por justificar porque no se pueden justificar estos hechos, la madre cubana vive con mucho estrés, por toda la situación económica que le rodea y cuando hablo de económica, hablo de alimentar a sus propios hijos, vestirlos calzarlos, etcétera."
Valero explica que en su barrio del municipio capitalino de Regla muchas madres golpean a sus hijos con una rama de una planta conocida como Escoba Amarga y a “los muchachos de veras que les pica”.
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La abogada Laritza Diversent, residente de La Habana, opina que esta situación en Cuba es una cuestión cultural aunque aclara que no se trata de la mayoría de los padres cubanos, pero que sí se ha trasmitido de generación en generación.
La abogada dice que escenas de golpizas en las calles se repiten con frecuencia, “un niño le da una perreta porque quiere un juguete, el padre o la madre le meten dos nalgadas, cuatro pescozones bien dados y se quedó así y nadie protesta, nadie se inmuta, es parte de la cotidianidad de la sociedad cubana llevar recio a los hijos en ese sentido”, resalta.
La abogada habla del caso en que la violencia se da en plena calle y hasta en la propia escuela, por ejemplo cuando las madres reciben quejas del comportamiento de sus hijos y entonces “le dan golpizas abismales con palos, con lo que tengan. Si sienten que la mano les duele mucho, utilizan cintos, zambranes o castigos como hincarlos arriba de una chapita.”
Ninguno de estos episodios trasciende al plano judicial. Sólo cuando la violencia es muy exagerada y pone en riesgo la vida del menor, es que los casos pueden llegar a un tribunal, explica Diversent y dice estar segura de que “los tribunales no atienden muchos casos de ese tipo”.
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En un estudio realizado en el sector “30 de noviembre” en la provincia Santiago de Cuba, donde se encuestó a menores de 8 a 10 años de edad, revelaron que los abusos verbales más comunes eran frases desvalorizantes y humillantes como: maldita seas, ojalá te mueras, te voy a matar, eres una inútil, loca, monga, fea, perra, 'degenerá', y palabras obscenas en proporciones alarmantes fueron referidas por los niños como habitualmente empleadas por los padres para lograr su obediencia.
En Cuba no fue hasta el 2009 que se anunció un anteproyecto de ley que contemplaba el derecho de los niños a ser protegidos de la violencia física y psíquica, la explotación, el abuso sexual y el descuido o trato negligente.
En un artículo publicado el 6 de noviembre de ese mismo año en el periódico Juventud Rebelde se anunciaba que el Código de Familia cubano estaba en proceso de modificación, y se adecuaría sus preceptos —una vez aprobado— a los lineamientos de las Convenciones de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y sobre los derechos del niño.
“La nueva Ley debe establecer expresamente los derechos que tendrían los niños a ser protegidos de toda forma de violencia física y psíquica, explotación, abuso sexual, descuido o trato negligente,” detalló el escrito.
“Supuestamente el nuevo texto legal regula el derecho de los padres, ya permitido por la Ley vigente, de corregir a sus hijos, pero esclareciendo que dicha corrección debe ser adecuada, moderada, sin el empleo de violencia física o psíquica, ni con métodos humillantes”.
Según el artículo, existen delitos en el Código Penal destinados a sancionar a los progenitores que cometen estos hechos, con independencia de medidas civiles que se pueden tomar, como retirarles la patria potestad.
La experta en leyes Laritza Diversent dice que al no explicarse hasta qué punto el método de corregir la conducta del menor es “moderado” y al no existir normas que repriman estas conductas, “los padres o las familias no las tienen en cuenta, no hay una sensibilidad. Por eso se siguen dando como naturales esos casos de violencia infantil que dejan marcas, no solo físicas sino psicológicas en los menores”.
El 26 de enero de 1990 Cuba se incorporó a la firma de la Convención sobre los Derechos del niño (CDN) y fue ratificada al siguiente año. La CDN es un tratado internacional de las Naciones Unidas propuesto en 1924 por el que los estados firmantes reconocen los derechos del menor.