El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) solicitó la liberación de los cubanos condenados por la jueza Melody González Pedraza por presuntamente lanzar cócteles molotov contra un jeep y viviendas de jefes de la policía y la Seguridad del Estado en el municipio villaclareño de Encrucijada, el 18 de noviembre de 2022.
González Pedraza, quien se encuentra en un centro de detención de migrantes en Estados Unidos en proceso de solicitud de asilo político, declaró al medio independiente Diario de Cuba que en medio del proceso había recibido “una inspección de la presidenta del Tribunal Provincial y la presidenta de la Sala de Seguridad. Me dieron indicaciones precisas".
"Había que mantener la prisión provisional y sancionarlos”, aseguró sobre el juicio contra Andy Gabriel González Fuentes, Eddy Daniel Rodríguez Pérez, Luis Ernesto Medina Pedraza y Adain Barreiro Pérez.
Según el dictamen del OCDH, a partir de las revelaciones “existen nuevos motivos de absolución y revocación de la sentencia condenatoria”.
Lee también Jueza cubana Melody González dice que no encuentra abogado en EEUU"Sus declaraciones sobre la intervención de funcionarios del tribunal de Villa Clara y de la policía política en el proceso judicial que se seguía contra esas personas que al final fueron condenadas por ella misma son la prueba de que no se les respetó el debido proceso", dijo a Martí Noticias Yaxys Cires, director de estrategias del OCDH.
Todo ello, aclaró, "confirma lo que han dicho otros funcionarios judiciales y fiscales de que existe una intervención y un condicionamiento político ejercido por parte del Partido Comunista y de la policía política para que existan condenas contra opositores, disidentes y manifestantes".
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En un comunicado emitido este lunes, la ONG aclara que las declaraciones de González Pedraza "tienen carácter de inesperadas por el momento en que se plantean (posterior al juicio de base); son confirmantes de hechos violatorios y califican como trascendentes al fallo, porque denuncian cómo el proceso fue intervenido judicial y policialmente, desde que entró el asunto al Tribunal Municipal Popular de Encrucijada en enero de 2024 y hasta que redactó sentencia”.
“Hubo vulneración de garantías y derechos fundamentales en perjuicio de los condenados, así como la inexistencia de delito o la falta grave judicial de condenarse sin el mínimo suficiente de pruebas. Creemos que existen elementos suficientes para que se adopten medidas de libertad inminente en favor de los recurrentes, como medida definitiva en justicia”, agrega.