El Gobierno cubano y la sociedad Gaviota S. A., ramificación del Grupo de Administración Empresarial, SA (Gaesa), el grupo empresarial de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba, han sido incluidos en una demanda presentada por una familia exiliada en Estados Unidos, por la explotación de terrenos confiscados por el régimen de Fidel Castro en Holguín, en 1960.
Los descendientes del empresario cubano, Rafael Lucas Sánchez Hill, en un inicio reclamaron sólo a Meliá, al menos 10 millones de euros, como indemnización por la explotación de los hoteles Paradisus Río de Oro y Sol Rio de Luna y Mares, dos complejos cinco estrellas, construidos por la empresa militar cubana Gaviota S.A en los terrenos donde estuvo el ingenio azucarero Central Santa Lucía, una hacienda de 485,6 kilómetros cuadrados, localizada en Holguín.
Ahora la titular del Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma de Mallorca, donde se encuentra la sede de Meliá Hoteles Internacional, estuvo de acuerdo en ampliar la demanda de la empresa Central Santa Lucía por la explotación de los terrenos en Playa Esmeralda porque considera "evidente" que el proceso "afectará de manera directa a los intereses del Estado de Cuba y a la sociedad Gaviota S. A., propiedad también también del Gobierno cubano, como actual titular de los terrenos de Playa Esmeralda".
Lee también Por qué la demanda contra Meliá en España por hoteles en Cuba podría tener éxitoEl Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España debe emitir un informe sobre este caso porque así está estipulado en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil, indica el diario español La Vanguardia.
Central Santa Lucía reclama la reversión de esos terrenos que le fueron nacionalizados tras la Revolución cubana.
El Juzgado de Primera Instancia de Palma estimó en septiembre de 2019 la declinatoria planteada por Melià y declaró la falta de jurisdicción y de competencia internacional de los tribunales españoles . Consideró que como se trata de un bien propiedad de un Estado "ostenta también inmunidad de jurisdicción" y España "no tiene competencia internacional" para que sus tribunales "resuelvan pleitos donde se ejerciten acciones reales sobre bienes inmuebles situados fuera de su territorio nacional".