Para el abogado de los familiares de Prats, el fallo "es muy importante" porque deja establecido que en los delitos de lesa humanidad "no se aplica la prescripción por normativas internas, tratados internacionales o la propia Constitución política"
El Estado chileno deberá pagar una indemnización de 600 millones de pesos (1,23 millones de dólares) a la familia del exjefe del Ejército chileno, el general Carlos Prats, asesinado por agentes de Augusto Pinochet en Argentina en 1974, informaron fuentes judiciales.
El fallo, de primera instancia, dictado por el 26 Juzgado Civil de Santiago, corresponde a una demanda presentada en marzo del año pasado por las tres hijas del militar asesinado, contra el Estado y los autores del crimen.
Prats, antecesor de Pinochet en el mando del Ejército, murió junto a su esposa, Sofía Cuthbert, al estallar una bomba colocada en su automóvil en el barrio bonaerense de Palermo, adonde se trasladó tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973 en Chile, al que se opuso.
El abogado de la familia Prats, Luciano Fouilloux, confirmó a Efe el monto de la indemnización fijada por el tribunal en el fallo de hoy, que es apelable en los tribunales superiores.
Para Fouilloux, el fallo de hoy "es muy importante" porque deja establecido que en los delitos de lesa humanidad "no se aplica la prescripción por normativas internas, tratados internacionales o la propia Constitución política".
Destacó, además, que el dictamen rechaza las alegaciones de pago parcial que presentó el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en función de las reparaciones que el Estado había hecho en el marco de la Comisión Rettig, "que se entienden como parciales pero no completas".
La Comisión Rettig determinó a comienzos de los años 90 que durante la dictadura (1973-1990), unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado por causas políticas, de los que unos 1.192 son considerados aún detenidos desaparecidos.
Originalmente, la querella se presentó por una suma de quince millones de dólares, que deberían ser pagados de forma solidaria por el Estado y los autores del crimen.
En julio del año 2010, en un fallo definitivo, la Corte Suprema de Chile condenó a 17 años por homicidio calificado, más otros tres años y un día por asociación ilícita, a los dos máximos responsables de la DINA -la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet- el general retirado Manuel Contreras y el exbrigadier Pedro Espinoza.
Además, el general retirado Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, el exbrigadier José Zara y los coroneles Cristoph Willeke y Juan Morales Salgado, fueron condenados a quince años y un día de prisión por los homicidios y cien días por asociación ilícita.
La escritora Mariana Callejas, que según el expediente judicial fue quien activó el control remoto que hizo explotar la bomba, fue condenada a cinco años de prisión, que cumple en régimen de libertad vigilada.
Por su parte, el civil Jorge Iturriaga Neumann, hermano de Raúl, y el exsuboficial Reginaldo Valdés Alarcón deben cumplir, también en libertad vigilada, cinco años de prisión y 541 días de presidio menor, respectivamente, como cómplices.
Sobre la demanda, el abogado Fouilloux dijo a Efe, en el momento de presentarla, que para las hijas de las víctimas supone "cerrar el círculo del asesinato de sus padres en el marco de un juicio civil en función de la calidad de funcionarios públicos que tenían los autores".
Subrayó que "el general Contreras y la cúpula de la DINA contaron para cometer el crimen "con apoyo estatal, logístico, monetario, operativo" así como "con instrucciones políticas de quienes administraban el Estado en aquel entonces".
El fallo, de primera instancia, dictado por el 26 Juzgado Civil de Santiago, corresponde a una demanda presentada en marzo del año pasado por las tres hijas del militar asesinado, contra el Estado y los autores del crimen.
Prats, antecesor de Pinochet en el mando del Ejército, murió junto a su esposa, Sofía Cuthbert, al estallar una bomba colocada en su automóvil en el barrio bonaerense de Palermo, adonde se trasladó tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973 en Chile, al que se opuso.
El abogado de la familia Prats, Luciano Fouilloux, confirmó a Efe el monto de la indemnización fijada por el tribunal en el fallo de hoy, que es apelable en los tribunales superiores.
Para Fouilloux, el fallo de hoy "es muy importante" porque deja establecido que en los delitos de lesa humanidad "no se aplica la prescripción por normativas internas, tratados internacionales o la propia Constitución política".
Destacó, además, que el dictamen rechaza las alegaciones de pago parcial que presentó el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en función de las reparaciones que el Estado había hecho en el marco de la Comisión Rettig, "que se entienden como parciales pero no completas".
La Comisión Rettig determinó a comienzos de los años 90 que durante la dictadura (1973-1990), unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado por causas políticas, de los que unos 1.192 son considerados aún detenidos desaparecidos.
Originalmente, la querella se presentó por una suma de quince millones de dólares, que deberían ser pagados de forma solidaria por el Estado y los autores del crimen.
En julio del año 2010, en un fallo definitivo, la Corte Suprema de Chile condenó a 17 años por homicidio calificado, más otros tres años y un día por asociación ilícita, a los dos máximos responsables de la DINA -la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet- el general retirado Manuel Contreras y el exbrigadier Pedro Espinoza.
Además, el general retirado Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, el exbrigadier José Zara y los coroneles Cristoph Willeke y Juan Morales Salgado, fueron condenados a quince años y un día de prisión por los homicidios y cien días por asociación ilícita.
La escritora Mariana Callejas, que según el expediente judicial fue quien activó el control remoto que hizo explotar la bomba, fue condenada a cinco años de prisión, que cumple en régimen de libertad vigilada.
Por su parte, el civil Jorge Iturriaga Neumann, hermano de Raúl, y el exsuboficial Reginaldo Valdés Alarcón deben cumplir, también en libertad vigilada, cinco años de prisión y 541 días de presidio menor, respectivamente, como cómplices.
Sobre la demanda, el abogado Fouilloux dijo a Efe, en el momento de presentarla, que para las hijas de las víctimas supone "cerrar el círculo del asesinato de sus padres en el marco de un juicio civil en función de la calidad de funcionarios públicos que tenían los autores".
Subrayó que "el general Contreras y la cúpula de la DINA contaron para cometer el crimen "con apoyo estatal, logístico, monetario, operativo" así como "con instrucciones políticas de quienes administraban el Estado en aquel entonces".