El tribunal provincial de Granma ratificó las condenas contra el rapero contestatario Ángel Yunier Remón Arzuaga "El Crítico", Alexander Otero Rodríguez, Rudisnei Villavicencio Figueredo y la Dama de Blanco Yaquelín García Jaens, según confirmó a martinoticias.com Yudisbel Roselló Mojena, esposa de Remón Arzuaga.
Las condenas son de seis años para Remón Arzuaga y cinco años para Otero Rodríguez, ambos activistas de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU); y cuatro años para Rudisnei Villavicencio Figueredo y la Dama de Blanco Jaquelín García Jáenz, quien debe cumplir la sentencia en reclusión domiciliaria.
Todos, excepto la señora García Jáenz, están presos en la ciudad de Bayamo, desde marzo de 2013, luego que fueran acusados por el delito de "atentado" debido a un incidente con oficiales de la policía política.
Según denunciaron varios medios independientes, el altercado tuvo lugar durante un acto de repudio en que fueron golpeados y arrestados por efectivos de la Seguridad del Estado y la Policía Nacional Revolucionaria.
Torcer la justicia
Los dictámenes judiciales les fueron entregados a los tres activistas en la prisión provincial Las Mangas, por Julio César, un oficial de la Seguridad del Estado que fue el principal exponente de la parte acusatoria durante el proceso contra los activistas, señaló Roselló Mojena.
"Es una provocación, porque es el mismo oficial que está acusándolos a ellos de Atentado. Al ir él allí fue una provocación inmensa, para ver la reacción de Yunier y complicarlo aún más", indicó Roselló.
La esposa del activista Remón Arzuaga señaló como negativa la presencia del represor en los predios carcelarios: "El oficial no tiene que hacer nada allí porque él no es fiscal, no es juez, no está cumpliendo ninguna obligación en esos momentos".
Martinoticias consultó sobre este hecho al abogado independiente Sixto Manuel Coba de la Rosa, ex fiscal en Santiago de Cuba y actual asesor jurídico de UNPACU.
"Es totalmente ilegal que un oficial de la policía política se presente a notificar el fallo de una sentencia a cualquier ciudadano que resulte sancionado o que esté pendiente en algún proceso penal", aseguró el jurista.
Cobas de la Rosa explicó que quienes están autorizados para estos menesteres son el personal del tribunal y las secretarias de ejecución. "En modo alguno un oficial de la policía política puede interferir en lo que el procedimiento diga", explicó el jurista.
El abogado independiente dijo que no cree que se tomen medidas contra el agente pero concluyó que si funcionara la ley en Cuba, podría ser condenado de 1 a 3 años de privación de libertad, bajo "el delito de 'abuso de autoridad', por el Art. 133 del Código Penal, y un delito de 'desobediencia' por cuanto él no es la persona destinada para comunicarlo", finalizó.