El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) reiteró que quienes aspiren a la ciudadanía estadounidense y estén fuera del país por más de seis meses se verán obligados a "superar la presunción" de que han interrumpido la necesaria continuidad de residencia en el país para obtenerla.
A juicio del abogado de inmigración Ángel Leal, la alerta de USCIS, del 26 de febrero, toca de cerca a los cubanos que aspiran a la ciudadanía, se repatrian y permanecen en la isla por extensos períodos de tiempo.
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"Bajo la ley de inmigración se presume que con una ausencia en Estados Unidos de más de seis meses, la residencia queda abandonada. Entonces, el solicitante tiene que refutar esa presunción o no podría solicitar la ciudadanía", comentó Leal.
A la pregunta de si los seis meses se calculaban como una suma total de salidas o si solo se tomaban en cuenta las permanencias ininterrumpidas en el exterior por más de seis meses, el abogado comentó: "No es desde el punto de vista estrictamente matemático. El concepto es que si usted está más tiempo fuera de (Estados Unidos) de lo que estuvo acá (en el país), aunque nunca haya estado fuera por más de seis meses en un solo viaje, igual se puede considerar que abandonó la residencia".
Según el documento hecho público por USCIS, "generalmente quien aspira a la naturalización debe haber residido de manera continua en los Estados Unidos después de su admisión como residente permanente por al menos cinco años antes de la solicitud de naturalización (...) Bajo la ley, una ausencia de los Estados Unidos por más de seis meses pero por menos de un año durante los cinco años requeridos, puede disparar la presunción de que se ha roto la continuidad en la residencia".
El texto aclara que si USCIS determina que la persona que solicita la ciudadanía ha roto su residencia continua en EEUU, tendrá que establecer un nuevo período de cinco años de presencia ininterrumpida en el país.
Leal indicó que en el caso de las personas que obtuvieron la residencia mediante un matrimonio con un ciudadano norteamericano y solicitan la ciudadanía, el período de permanencia ininterrumpida en EEUU se reduce a tres años de cohabitación continua con el cónyuge que tiene la ciudadanía estadounidense.
(Esta nota se complementó con una entrevista realizada por el periodista de Radio Televisión Martí Ricardo Quintana)