Naciones Unidas pidió la liberación inmediata de los activistas cubanos de derechos humanos Josiel Guía Piloto, Iván Amaro Hidalgo y Marbel Mendoza Reyes, cuestionó las figuras jurídicas del Código Penal de Cuba usadas por el régimen para detener a opositores pacíficos, y lamentó que los abogados defensores del caso se subordinen al mismo ministerio que supervisa a los fiscales.
Lo hizo después de examinar los argumentos de dos partes: una denuncia presentada por el grupo de derechos humanos Cuban Prisoners Defenders, y la respuesta enviada por el gobierno cubano, que no resultó suficiente para justificar las detenciones.
En su respuesta, La Habana justificó el arresto de Guía Piloto con argumentos como este: “por la actitud sospechosa mostrada, ante la latente posibilidad de que fueran a incurrir en un delito…”
Ademas de la liberación de los detenidos, la ONU pidió que sean compensados.
“Teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, el remedio adecuado sería poner al Sr. Guía Piloto, la Sra. Mendoza Reyes y al Sr. Amaro Hidalgo inmediatamente en plena libertad y concederles el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional”, reza el documento emitido por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU.
El presidente de Cuban Prisoners Defenders, Javier Larrondo, subraya la opinión del organismo de Naciones Unidas sobre las figuras legales del Código Penal Cubano usadas para arrestar a los tres activistas de derechos humanos.
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“Cuando analiza los casos, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria habla de las figuras de desacato, desorden, peligrosidad social y atentado contenidos en Código Penal [cubano] como sumamente vagos y que carecen del requisito de precisión suficiente para dotar de certeza legal a la población”, le dijo Larrondo a la reportera de Radio Televisión Martí Ivette Pacheco.
Según Naciones Unidas, la mera alegación de que un gobierno haya actuado siguiendo sus leyes no justifica lo que haga si las leyes en cuestión violan requisitos internacionales.
“La sola afirmación de que se han seguido los procedimientos legales establecidos no es suficiente para desvirtuar las alegaciones presentadas en cada caso”, plantea el documento de la ONU, que no deja lugar a dudas sobre la arbitrariedad de las detenciones.
Lee también Amnistía Internacional adopta cinco nuevos presos de conciencia cubanosLas figuras legales invocadas por el gobierno cubano, dice el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, “contravienen las obligaciones internacionales de Cuba y los invalida como base jurídica del arresto, lo cual hace imposible invocar fundamento legal para justificar la detención, convirtiéndola en arbitraria”.
El panel de Naciones Unidas ya ha establecido anteriormente, según su propia declaración, “que el principio de legalidad requiere que las normas se formulen con suficiente precisión para que el individuo pueda acceder y comprender la ley, y regular su conducta en consecuencia”.
Tras recibir la denuncia de Cuban Prisoners Defenders, el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas remitió las alegaciones el 17 de mayo de 2019 al gobierno de Cuba, que respondió el 16 de julio de 2019.
De acuerdo con la resolución del caso emitida por el panel de la ONU y enviada a Radio Televisión Martí por Cuban Prisoners Defenders, la respuesta de La Habana incluye explicaciones como la siguiente:
Lee también CIDH emite medidas cautelares de protección para 3 presos políticos en Cuba“Se informa que el 1 de diciembre de 2016, aproximadamente a las 11:00 horas, el Sr. Guía Piloto se encontraba con otra persona en la parada del ómnibus, siendo observados por dos agentes del orden público que vigilaban que no se cometieran hechos de hurto.
"Por la actitud sospechosa mostrada, ante la latente posibilidad de que fueran a incurrir en un delito", sigue diciendo el texto, "las autoridades policiales le solicitaron su documentación de identidad, a lo que accedieron”.
Es ahí donde el gobierno cubano alega que Guía Piloto ofendió a la policía y se resistió al arresto. Lo cierto es que, según la denuncia enviada al panel de la ONU por Cuban Prisoners Defenders, el activista era víctima de hostigamiento.
“Los agentes policiales, vestidos de civil, procedieron a asegurar al Sr. Guía Piloto, sin leer sus derechos ni justificar o informar el motivo por el cual estaba siendo privado de su libertad”, dice la resolución de la ONU, citando a Cuban Prisoners Defenders. “Ante ello, el Sr. Guía Piloto comenzó a proferir críticas y opiniones adversas en contra del gobierno y de sus líderes. Dichas expresiones fueron respondidas con accionar violento y daños físicos contra el detenido.
"El traslado a dependencias policiales fue posteriormente justificado en haber formulado expresiones verbales en contra del gobierno y las autoridades", indica el documento. "La fuente alega que el orden en que sucedieron los eventos revela la incongruencia jurídica y penal del arresto, en vista de que este se produjo antes de que fuese realizada la acción supuestamente criminal”.
Lee también Cuban Prisoners Defenders designa a otros tres presos de conciencia en CubaOtra violación de las normas internacionales denunciada por Cuban Prisoners Defenders es que los abogados de oficio que representaron a los detenidos están subordinados al propio Ministerio de Justicia que fiscaliza el caso.
“El Ministerio de Justicia controla completamente la Organización Nacional de Bufetes Colectivos”, le dijo Larrondo a la periodista de Radio Televisión Martí. “Por lo tanto, en un caso del Estado contra un ciudadano, este ciudadano se encuentra con que el abogado que le va a defender no es independiente: depende enteramente del Estado”.
De acuerdo con Cuban Prisoners Defenders, esta decisión de Naciones Unidas “viene a refrendar y ampliar la resolución del caso de Roberto de Jesús Quiñones Haces”.