Como un acto sin precedentes en su trayectoria, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) pidió al régimen de Cuba que acabe de reconocer legalmente a los sindicalistas independientes que tratan de abrirse paso en la isla.
En un documento del Comité de Libertad Sindical dado a conocer el 9 de junio en Ginebra, Suiza, la Oficina Internacional recogió las quejas concernientes a Cuba en el Caso No. 3271 bajo el rubro “Queja contra el gobierno de Cuba presentada por la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC)”.
El organismo internacional ha citado en sus documentos, hechos como “ataques, hostigamiento y persecución con detención agresiones y despidos a sindicalistas independientes entre otros casos de discriminación e injerencia antisindical por parte de autoridades públicas, así como reconocimiento oficial de una única central sindical controlada por el Estado e inexistencia de negociación colectiva y de reconocimiento legal del derecho de huelga”.
Inmediatamente desde Matanzas, Cuba, el secretario General de la ASIC, el exprisionero político Iván Hernández Carrillo reaccionó alentado por el reconocimiento internacional.
“Esto abre un camino para el trabajo sindical dentro de Cuba. Esperamos que el Comité de Libertad Sindical de la OIT continúe monitoreando la situación de la falta de libertad sindical y laboral dentro de Cuba”, aseguró Carrillo.
Por defender el derecho de los trabajadores a huelga y otros beneficios laborales Iván Hernández Carrillo fue condenado a 20 años de cárcel en la conocida Primavera Negra de 2003.
Carrillo cumplió siete años de su condena al recibir una licencia extrapenal y pudo salir de manera excepcional del país. En mayo de 2016 fue invitado como observador en la 105ª Conferencia Internacional del Trabajo celebrada del 30 de mayo al 12 de junio en Ginebra.
Cuba es miembro de la OIT desde la fundación de ésta en 1919 y es uno de los países que más pactos ha firmado con un total de noventa.
Los convenios se clasifican en algunas de las siguientes categorías: Convenios Fundamentales, de Gobernanza (Prioritarios) y Técnicos.
Entre los acuerdos ratificados por la isla -el primero data de 1953- aparecen el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930; Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948; Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921; Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 y el Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977.
La ASIC fue fundada en Cuba en 2016, como reformulación de la anterior Coalición Sindical Independiente de Cuba (CSIC) y entre sus estatutos ha mantenido los mismos principios de defensa del sindicalismo autónomo, fuera de las presiones y control de los organismos del Estado.
En la declaración presentada ante el máximo organismo sindical internacional, la ASIC, expuso la siguiente impugnación:
219. La ASIC alega que el Gobierno reconoce una sola central sindical en el país — la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) — controlada por el Estado y el Partido Comunista. Indica que el Código del Trabajo mantiene intacto el monopolio de la CTC, bajo una redacción escondida. Estima que el texto del Código pretende un cumplimiento formal de las normas internacionales pero que nada tiene que ver con el mundo del trabajo real en Cuba. La ASIC destaca en este sentido que el artículo 13 del Código establece que los trabajadores tienen el derecho a asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales «de conformidad con los principios unitarios fundacionales». Igualmente considera que la ley núm. 118 que regula las inversiones extranjeras y las normas que reglamentan la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM) son contrarios a los principios de la libertad sindical. En este contexto, la ASIC alega que las autoridades policiales y de seguridad del Estado, así como los que ejercen la autoridad en el interior de los centros de trabajo, persiguen de manera implacable cualquier manifestación reivindicativa realizada de manera autónoma e independiente, individual o colectiva, y desconocen cualquier representatividad que no pertenezca al sindicalismo oficial.
Casos de hostigamiento y despido
Como una muestra de la difícil situación de los trabajadores independientes y de aquello que han expresado su descontento con el régimen cubano, la ASIC reveló casos de manera detallada de cómo los las autoridades en la isla han perpetrado los hechos:
a) El 6 de noviembre de 2015, el secretario del sindicato Independiente de Trabajadores de la Minería, adscrito a la CTIC, el Sr. Kelvin Vega Rizo, fue despedido de su puesto de trabajo en la antigua fábrica de níquel “René Ramos Latour”, donde trabajaba como plomero desde hacía más de 23 años. De acuerdo con el Sr. Vega Rizo, oficiales del Departamento de Seguridad del Estado (DSE) ordenaron a directivos de la empresa su expulsión luego de que asistiera a un curso de capacitación sindical en la Universidad de los Trabajadores de América Latina (UTAL) en Panamá.
b) El 9 de diciembre de 2015, oficiales de la policía política, vestidos de civil arrestaron al sindicalista independiente, el Sr. Osvaldo Arcis Hernández, miembro del Sindicato Independiente Escambray, en el municipio de Trinidad y lo internaron en un calabozo. Nueve días después fue juzgado bajo un proceso judicial sumarísimo y condenado a dos años de cárcel, acusado de un presunto delito de peligrosidad social. No se le permitió elegir un abogado para su defensa y en su lugar las autoridades colocaron un letrado de oficio. Antes de ser arrestado había sido objeto de agresiones físicas y se le habían levantado actas de advertencia, donde se le formulaban amenazas de encarcelarlo si no abandonaba las actividades sindicales independientes.
c) El 6 de enero de 2016 las fuerzas combinadas del Ministerio del Interior y el DSE allanaron la vivienda del sindicalista independiente, el Sr. Bárbaro Tejeda Sánchez, en Holguín. Los gendarmes registraron minuciosamente el inmueble e incautaron un ordenador portátil, un teléfono móvil, una memoria flash y una cámara fotográfica, negándose a extender un acta de ocupación. El Gobierno no ha dado respuesta ante el recurso de reclamación interpuesto por el sindicalista. (Tejeda decidió salir al exilio a inicios de 2018.
d) Reiterados actos represivos en contra del sindicalista independiente, el Sr. Pavel Herrera Hernández, a manos de los agentes del DSE, que van desde una permanente vigilancia de todos sus movimientos, detenciones arbitrarias de corta duración (con amenazas de perder su trabajo si no dejaba sus actividades contestatarias) hasta la expulsión de su puesto de trabajo.
El 8 de abril de 2016 fue despedido de su trabajo de estibador que desempeñaba desde hacía más de ocho años, alegando los directivos ausencias injustificadas, específicamente de los días 9 y 22 de marzo de 2016 — cuando fueron ocasionadas por dos arrestos que tuvieron lugar por parte de agentes del DSE al salir de su vivienda hacia el trabajo (el 22 de marzo, último día de la visita del Presidente estadounidense, lo mantuvieron detenido en un calabozo policial). Herrera Hernández se vio forzado abandonar el país.
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[Con entrevista a Iván H. Carrillo por Yolanda Huerga, de Radio Martí]