El programa Represores Cubanos, de la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba, incluyó en su compilación al Teniente Coronel José Antonio Comas Llanes, fiscal actuante en el juicio contra manifestantes que protestaron el 30 de julio del 2022 en el Consejo Popular Covadonga, del municipio cienfueguero Aguada de Pasajeros.
El oficial, como autor del Expediente de Fase Preparatoria No. 28 del 2022, pidió hasta 23 años de prisión contra nueve de los participantes en la demostración en la que pedían la restitución del fluido eléctrico.
Para Seify Carmona Méndez y Gianny Betancourt Leyva, solicitó 23 años de privación de libertad para cada uno; Roche Valentín Ibáñez González, 14 años; Elisnaide Martínez Cañete, 17 años; Dagoberto Escobar Sosa, 12 años; y para Elier Alfonso Fonseca, Marcos González Castro, Pedro Caride Santana y Jorge Armando Castañeda Terrero, 11 años.
El expediente de los nueve manifestantes expone que los detenidos "decidieron agenciarse de calderos, latas y otros instrumentos idóneos para escandalizar”, “perturbando de esta manera la tranquilidad ciudadana".
Fueron acusados por los presuntos delitos de sedición, desacato, sabotaje y robo con fuerza, según el documento del órgano acusatorio.
En la Petición fiscal se asegura que varios de los procesados forzaron y dañaron la tienda Arcoiris en MLC (Moneda Libremente Convertible), del grupo CIMEX, controlado por el Grupo de Administración Empresarial Sociedad Anónima (GAESA).
Los manifestantes fueron acusados de gritar Patria y Vida y Díaz Canel S…, y de tocar en un altavoz canciones de Osmani García y Los Aldeanos, según los familiares de los encausados en el juicio, que se inició el 6 de junio de 2023.
De acuerdo al programa Represores Cubanos, el militar habría incurrido en “Prevaricación”, delito condenado internacionalmente.
También la “Prevaricación” está prevista en el Código Penal cubano con privación de libertad de uno a tres años a “quien, maliciosamente, faltando a los deberes de su cargo, deje de promover la persecución o sanción de una persona a quien se le atribuye o ha cometido un delito, o promueva la de aquella, cuya inocencia le es conocida, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas, o ambas”.