El proyecto de ley de migración publicado en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) anuncia la modificación de las condiciones del "emigrado", término que hasta ahora aplicaba a quienes permanecían fuera del país por más de 24 meses.
El documento introduce cambios significativos a las regulaciones vigentes que podrían afectar a los cubanos que residen en el exterior, en medio de una de las mayores crisis migratorias de las últimas décadas.
De emigrado a residente en el exterior
El proyecto contempla dos tipos de residencia: en el territorio nacional y en el exterior, explicó a Martí Noticias el abogado Eloy Viera Cañive, coordinador de la publicación elTOQUE Jurídico.
"Como la mayoría de las normativas cubanas, este es un proyecto diseñado para proteger al poder y dejar lo más enrarecido posible el ambiente para que pueda ser sujeto de múltiples interpretaciones", comentó el experto.
"Es una certeza que el término de los 24 meses ha sido eliminado, algo que fue prácticamente eliminado desde el 9 de marzo de 2020 cuando se produjo la primera suspensión de este término por la pandemia del Covid-19. Desde esa fecha nadie que hubiese cumplido 24 meses fuera de Cuba debió haber sido declarado emigrado".
"Lo que hace esta normativa es legalizar o hacer permanente esa suspensión que el régimen cubano estableció por tres veces consecutivas de forma indeterminada y sin haber utilizado ninguna normativa jurídica", precisó.
El experto aclaró que con la entrada en vigor de esta ley, toda persona que salga del país no será declarado emigrado "pero eso no quiere decir que la normativa no establezca una diferenciación entre cubanos de dentro y cubanos de fuera. Lo que dice es que no va a hacer falta 24 meses y que cuando salgas de Cuba serás declarado residente en el exterior".
Los residentes en el territorio nacional serán entonces las personas que pasen la mayor parte del tiempo de un año calendario en Cuba pero hasta ahora ese tiempo no ha sido anunciado.
"Si bien sabemos que los emigrados perdían todos sus derechos hoy no sabemos, porque la ley no lo aclara, qué derechos tendrán los cubanos residentes en el exterior", dijo.
Derecho a heredar
Viera Cañive señaló que este proyecto de ley tampoco establece quiénes podrán heredar propiedades en Cuba.
"La norma que establece la prohibición de que los emigrados hereden no es la Ley de Migración. La norma que establece esto es el Código Civil cubano. En ningún lugar de ese proyecto se dice que se va a modificar el artículo 370 de ese código", explicó.
"Esa normativa está dejando claro que van a seguir existiendo diferencias con relación al ejercicio de derechos entre residentes fuera de Cuba y residentes en territorio nacional. Lo que sí está claro es que si usted sale de Cuba pasará a una condición migratoria diferente".
Todo ello, considera, "coloca en una condición desventajosa a quienes entraban y salían cada 24 meses y mantenían su carnet de identidad porque estas personas no tenían que vivir en Cuba".
Renuncia a la ciudadanía cubana
El proyecto de ley no dice que los cubanos podrán renunciar a la ciudadanía. "Anuncia que una posibilidad como esa es viable pero no quiere decir que una vez que ese proyecto se apruebe que una persona con doble ciudadanía pueda renunciar a la cubana".
"Este proyecto habla de la renuncia a la ciudadanía única y exclusivamente para calificar a quienes Cuba entiende por extranjeros. Lo que podría establecer eso es una Ley de Ciudadanía y no una Ley de Migración", asegura el abogado y aclara que, por tanto, tampoco será posible para las personas nacidas en la isla entrar al país sin su pasaporte cubano.