La cancillería de los Países Bajos implementó un visado de tránsito para los cubanos que hagan escala en su territorio rumbo a un tercer país ante el aumento en los últimos meses del número de viajeros de la isla que piden asilo en sus aeropuertos.
La embajada del Reino de los Países Bajos en la Habana en Cuba publicó una nota en la que asegura que la nueva medida entrará en vigor a partir del próximo 29 de enero.
"El Ministro de Asuntos Exteriores ha decidido introducir, a partir del 29 de enero 2018, el requisito de una visa de tránsito para los cubanos que viajen a través de los Países Bajos a un destino fuera de la zona Schengen", dice la nota.
Los interesados deberán programar una cita a través del sitio online de la sede diplomática.
Para obtener la visa, los cubanos deberán presentar un pasaporte que tenga al menos 2 páginas en blanco, haya sido expedido en los últimos 10 años y tenga una vigencia mínima de 3 meses después de su trasbordo. Necesitará, además, una foto tipo carné y abonar una tarifa de 71 CUC.
La nota consular advierte que en el momento de la solicitud le tomarán al viajero las huellas dactilares, que tendrán una vigencia de 5 años.
Con el visado de tránsito aeroportuario (denominado también visa A) los cubanos podrán hacer escala en un aeropuerto holandés y embarcar hacia otro destino fuera del espacio Schengen. El visado no ofrece acceso a los Países Bajos ni a ningún otro país Schengen, por lo que los viajeros de la isla no podrán salir del aeropuerto.
La embajada holandesa aclara que si el cubano viaja a otro país del espacio Schengen, a través de los Países Bajos, no será suficiente obtener un visado de tránsito aeroportuario. En ese caso también necesitará un visado para estancias de corta duración (visado Schengen).
La sede consular recomienda al viajero comprobar si puede acogerse a alguna exención, listadas abaojo, antes de solicitar una Visa A. Por ejemplo, quedará exento:
- si tiene un visado o un permiso de residencia para un país Schengen, un país de la UE o un país del EEE.
- si tiene un visado para Canadá, Japón o Estados Unidos
- si tiene un permiso de residencia que garantiza el regreso sin limitaciones para Andorra, San Marino, Canadá, Japón o Estados Unidos
- si es familiar de un ciudadano de la UE, el EEE o Suiza
- si tiene un pasaporte diplomático
- si forma usted parte de la tripulación de un avión y tiene la nacionalidad de un país miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(Con información de la Embajada de Holanda en Cuba)