Dos obreros murieron en un accidente de trabajo el 9 de abril, a causa de la negligencia de la Empresa de Saneamiento perteneciente a Aguas de La Habana, aseguró a Martí Noticias el reportero Steve Maikel Pardo.
El incidente ocurrió cuando los obreros encargados del saneamiento destupían las cañerías de un área de la calle, en la barriada de San Francisco de Paula, municipio San Miguel del Padrón. Una de las mangueras del carro pipa, gastadas de tanto uso, colapsó y el chorro de agua a presión impactó en el tendido eléctrico, que "no había sido desconectado", relató el comunicador.
Los cables de alta tensión cayeron sobre los trabajadores, que limpiaban la zanja sin los debidos medios de protección.
Dos obreros resultaron electrocutados a la vista de sus compañeros, que no pudieron hacer nada para salvarlos. Fallecieron antes de llegar al Policlínico Hermanos Ruiz Aboy, que era el más cercano, precisó Pardo.
"En ese caso hubo un grave problema de negligencia de la empresa, que cuando va a operar tiene que pedir a la OBE (Empresa Eléctrica) que quite la electricidad para asegurar el área y no lo hicieron", explicó el reportero graduado de Construcción Civil, que trabajó por 10 años en diferentes obras de la capital y conoce cómo se debe proceder.
Pardo dijo que este lunes fue a investigar en la oficina de Aguas de La Habana de ese municipio los nombres de los fallecidos, para comunicarse con los familiares, y un oficial de la Seguridad del Estado lo expulsó de lugar.
"Al parecer quieren evitar que se sepa del incidente fatal, pero en realidad eso es imposible porque ocurrió a la vista de todos", señaló.
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La empresa mixta cubano-española Aguas de La Habana S.A. asumió desde 2016 sus funciones para la atención de los problemas de acueducto y alcantarillado en la totalidad de los municipios de la capital cubana.
¿Y los sindicatos y leyes que amparan al obrero?
La Gaceta de Cuba contempla la Ley No. 105 de Seguridad Social, que establece la responsabilidad del Estado en la protección y seguridad social de los trabajadores.
El Código del Trabajo en su artículo 19 establece que "la administración de la entidad laboral está obligada a garantizar condiciones de trabajo seguras e higiénicas, a mejorarlas sistemáticamente, a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y a cumplir las disposiciones legales dictadas en esta esfera".
Pero "la realidad está muy alejada de lo que dicen las leyes", asegura Pardo.
El reportero afirma que durante los años de servicio presenció violaciones y negligencias que casi siempre quedan en el anonimato, porque los afectados "no tienen respaldo sindical para sus reclamos".
El sindicalista Iván Guerra, de la Conferencia Obrera Nacional Independiente de Cuba (CONIC) compartió sus experiencias al respecto dentro del mundo sindical cubano en el programa Cuba al Día, de Radio Martí.
Guerra dijo que, lamentablemente, este suceso es muy frecuente, porque los medios de protección son escasos y cuando se les dan a los trabajadores muchos de ellos venden los artículos para compensar el bajo salario.
En su opinión, los sindicatos establecidos en las empresas deberían preocuparse por estos problemas y amparar al trabajador, pero suelen respaldar a las instituciones y al Estado.
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