Un cuerpo de policías asignados en unidades de la PNR, inspectores y supervisores estatales y provinciales vigilará a los negociantes.
Multas, retiro de licencias y decomiso de instrumentos, herramientas de trabajo y materias primas son algunas de las medidas que impondrá el régimen en Cuba con las nuevas regulaciones para el trabajo privado en la isla, según acaba de publicar la Gaceta Oficial de Cuba.
Así, el Decreto Ley 315 reforma las leyes establecidas en 2010 para el ejercicio de oficios y negocios privados y penaliza las actividades no declaradamente autorizadas, haciendo énfasis en la elaboración de artículos con materiales prohibidos o que puedan ser categorizados como procedentes del extendido mercado negro en la isla.
Las nuevas regulaciones comprenden una penalidad a los comerciantes que no estén activados en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de Administración Tributaria, es decir los que no hayan pagado impuestos.
Un cuerpo de agentes asignados en unidades de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), inspectores y supervisores estatales y provinciales vigilará a los negociantes.
La lista de 21 infracciones, calificadas en muy graves, graves y menos graves, tiene en cuenta ilegalidades como establecer asociaciones y cooperativas no autorizadas; emplear mesas y sillas en negocios que no esten autorizados o tener más mesas o sillas que lo permitido; verter desechos en lugares inapropiados; incumplir las normas sanitarias; contratar menores de 17 años sin la autorización excepcional requerida; o vender animales, vivos o muertos, o plantas, "prohibidos por estar especialmente protegidos".
Las multas serán de 1,500 pesos cubanos en el caso de violaciones muy graves, y de 700 pesos cubanos en el caso de las graves.
Los infractores tienen hasta treinta días hábiles para pagar la multa. Si la pagan en los primeros tres días, el importe se reduce a la mitad, aunque esto no aplica para los reincidentes o para quienes cometan infracciones muy graves.
Si una persona comete varias infracciones se le impondrá entonces el doble de la multa más alta que corresponda.
De no pagar la multa en los plazos requeridos se le retira la licencia para trabajar por cuenta propia.
Serán decomisadas las herramientas y materias primas si se demuestra que no estaban autorizadas o en caso de que estén autorizadas, si se considera que son dañinas para la salud o de procedencia ilícita.
El Decreto firmado por Raúl Castro el 4 de octubre del 2013 entró en vigor a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial el 15 de enero de 2014.
Así, el Decreto Ley 315 reforma las leyes establecidas en 2010 para el ejercicio de oficios y negocios privados y penaliza las actividades no declaradamente autorizadas, haciendo énfasis en la elaboración de artículos con materiales prohibidos o que puedan ser categorizados como procedentes del extendido mercado negro en la isla.
Las nuevas regulaciones comprenden una penalidad a los comerciantes que no estén activados en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de Administración Tributaria, es decir los que no hayan pagado impuestos.
Un cuerpo de agentes asignados en unidades de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), inspectores y supervisores estatales y provinciales vigilará a los negociantes.
La lista de 21 infracciones, calificadas en muy graves, graves y menos graves, tiene en cuenta ilegalidades como establecer asociaciones y cooperativas no autorizadas; emplear mesas y sillas en negocios que no esten autorizados o tener más mesas o sillas que lo permitido; verter desechos en lugares inapropiados; incumplir las normas sanitarias; contratar menores de 17 años sin la autorización excepcional requerida; o vender animales, vivos o muertos, o plantas, "prohibidos por estar especialmente protegidos".
Las multas serán de 1,500 pesos cubanos en el caso de violaciones muy graves, y de 700 pesos cubanos en el caso de las graves.
Los infractores tienen hasta treinta días hábiles para pagar la multa. Si la pagan en los primeros tres días, el importe se reduce a la mitad, aunque esto no aplica para los reincidentes o para quienes cometan infracciones muy graves.
Si una persona comete varias infracciones se le impondrá entonces el doble de la multa más alta que corresponda.
De no pagar la multa en los plazos requeridos se le retira la licencia para trabajar por cuenta propia.
Serán decomisadas las herramientas y materias primas si se demuestra que no estaban autorizadas o en caso de que estén autorizadas, si se considera que son dañinas para la salud o de procedencia ilícita.
El Decreto firmado por Raúl Castro el 4 de octubre del 2013 entró en vigor a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial el 15 de enero de 2014.