El grafitero Danilo Maldonado "El Sexto", liberado la pasada semana después de 10 meses en la cárcel de Valle Grande, dijo a Martí Noticias que cuatro activistas de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), confinados allí el pasado mes de junio, enfrentan una situación similar a la suya puesto que fueron acusados de desacato y no les han realizado juicio.
Se refiere a Carlos A. Calderín, Alexander Alan Rodríguez, Isaín López Luna y Ernesto Ortega Sarduy, quienes fueron detenidos en junio cuando realizaban una "sentada" (a manera de protesta se sentaron con las manos atadas y la boca tapada en el Parque Central de La Habana para exigir el cese de la represión contra los opositores).
Al igual que El Sexto, fueron acusados de desacato por un tribunal municipal y podrían enfrentar hasta tres años de cárcel pero siguen sin saber cuándo será el juicio.
Maldonado dijo a Martí Noticias que, además de los cuatro activistas, también conoció la situación de otras personas en esa cárcel que las mantienen un tiempo allí esperando el juicio y luego las liberan sin que un tribunal los procese.
"Te dicen 'puede irte' y no hay indemnización, ni nada", precisó el artista.
El Centro Penitenciario de Valle Grande es una prisión provisional perteneciente al municipio capitalino de La Lisa con capacidad para más de 1.500 reclusos distribuidos en 12 compañías y seis barracas.
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¿Cuánto puede permanecer un preso en la cárcel provisional?
El exfiscal Sixto Manuel Cobas, quien trabajó por varios años en el Departamento de Procesos Penales en Santiago de Cuba, explicó a Martí Noticias que cada provincia en Cuba tiene una cárcel provisional donde envían a los acusados hasta tanto se proceda legalmente.
"Existe un término de 130 días en los que pueden mantener al acusado en provisional allí sin que le realicen juicio", aclara el abogado.
Durante ese tiempo los expedientes de los acusados están en fase preparatoria y las autoridades tienen 60 días, si es un expediente ordinario y 30, en caso de que sea un expediente abreviado, para presentarlo al tribunal.
Después de 180 días (o sea, seis meses) el expediente se tiene que "facturar para juicio", precisó el experto y aclaró que de no ser así "la violación de la ley la comete el propio sistema judicial".
Sixto Manuel Cobas habló de plazos especiales que se otorgan después de ese término de 180 días, que son únicamente concedidos por el Fiscal General "por causas muy específicas" y en situaciones muy extremas "que no debe ser el caso de una persona acusada de desacato".
Cobas, que se encarga de asesorar en su provincia a personas que buscan ayuda a favor de los familiares encarcelados, destacó que a veces las personas no conocen las opciones que tienen para apelar o pedir un recurso de "Hábeas Corpus".
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