La respuesta del gobierno cubano a una demanda presentada en mayo por ExxonMobil contra las firmas CUPET y CIMEX tiene mérito legal y habrá que ver qué deciden los tribunales, opina el experto Nicolás Gutiérrez, presidente de la Asociación de Hacendados Cubanos en el exilio.
“La estrategia del régimen no es frívola legalmente, tiene su justificación y su mérito, veremos cómo se decide en las cortes”, declaró Gutiérrez en entrevista con RadioTelevisionMarti.com. “Es un caso de primera impresión”.
Aunque la Ley Libertad, conocida como Ley Helms-Burton, establece que los tribunales estadounidenses no deben rechazar demandas que una ley anterior descarta, la Helms-Burton no anula lo establecido por aquella ley y plantea un nuevo debate sobre la jurisdicción de su Título III, puede leerse en la página 22 de la respuesta del gobierno cubano a la demanda de Exxon Mobile.
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La ley anterior en cuestión es la Ley de Inmunidad Soberana Foránea (FSIA, las siglas de Foreign Sovereign Immunities Act), firmada por el presidente Gerald Ford el 21 de octubre de 1976. La FSIA limita las demandas en tribunales de Estados Unidos a estados soberanos, y también a sus agencias y delegaciones regionales.
En su inciso a6, la Sección 302 del Título III de la Ley Helms-Burton dice que ninguna corte de Estados Unidos se negará a ventilar demandas presentadas al amparo de esa ley invocando la FSIA.
A través de su bufete de abogados en Wall Street, el gobierno cubano le pidió al juez federal de Estados Unidos Amit Mehta, en el Distrito de Columbia, desestimar la demanda presentada contra la Corporación CIMEX y la Unión CUPET por ExxonMobil, que reclaman una compensación de 280 millones de dólares por confiscaciones no indemnizadas a la petrolera.
“Ellos se basan en que la Ley de Inmunidad Soberana ampara a Cuba, o a agencias comerciales de Cuba, como brazos de un [estado] soberano, y les da inmunidad en las cortes norteamericanas”, explicó Gutiérrez.
De acuerdo con el texto de la demanda, reportada primero por Cibercuba, la acción legal contra CUPET Y CIMEX no cumple la condición del “efecto directo” requerido por la Ley FSIA. Pero la doctrina de inmunidad soberana no es absoluta, observa Gutiérrez.
“No es absoluta cuando agencias de un [estado] soberano extranjero están actuando con un propósito comercial en lugar de hacerlo con un propósito gubernamental”, indica el experto. “Lo primero que debe decirse es que Cuba no es un estado soberano, porque nunca le ha dado la oportunidad a su pueblo de elegir a sus líderes”.
Antes de entrar en vigor el Título III de esa ley por decisión del Presidente Donald Trump, la doctrina de Estado soberano era la que prevalecía en las cortes federales estadounidenses.
“Era la opinión de que cortes federales americanas no tenían competencia para juzgar actos de [estados] soberanos extranjeros”, refiere Gutiérrez. Ahora que el Presidente Trump puso en vigor el Título III de la Helms-Burton, los representantes legales del gobierno cubano están planteando un reto.
Para el experto, en última instancia se trata de una pugna entre los poderes legislativo y judicial que debe resolverse a favor del Legislativo.
“Veremos cómo la rama judicial estadounidense interpreta este intento de la rama legislativa de imponer jurisdicción en contra de precedentes anteriores”, manifiesta Gutiérrez. “Deber ser válido el intento del Congreso de crear una nueva jurisdicción, que la rama judicial debe interpretar correctamente”.
CUPET es una “entidad estatal verticalmente integrada y altamente especializada constituida por 41 empresas, de ellas 36 integradas por capital nacional y cinco empresas mixtas”, dice su presentación oficial. “La Unión Cuba-Petróleo está autorizada a llevar a cabo todas las operaciones tanto corriente arriba como corriente abajo, por sus propios medios o en asociación con empresas foráneas”.
Por su parte, el sitio de internet de la corporación CIMEX dice que es un “grupo empresarial privado de capital estatal cubano”.
Los testimonios incluidos en la respuesta del gobierno cubano, uno de la decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, Marta Milagro Moreno Cruz, y otro del subdirector de CUPET, Roberto Suárez Sotolongo, subrayan la “independencia” de la corporación y de la unión.
Cuando el gobierno cubano decidió responder la demanda de ExxonMobil el 2 de agosto, el acto fue prácticamente una violación de sus propias leyes.
El 24 de diciembre de 1996, el entonces presidente de la Asamblea Nacional de Cuba Ricardo Alarcón firmo la llamada la Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas, cuyo artículo 1 “considera nula toda reclamación amparada en ella de persona natural o jurídica, cualquiera que fuere su ciudadanía o nacionalidad”.
A la pregunta de cómo ve el equipo legal de ExxonMobil la decisión de La Habana de desafiar una demanda que las leyes de ese país consideran automáticamente nula, la compañía respondió a radiotelevisionmarti.com que no hace comentarios sobre declaraciones de terceras partes.
“Hemos presentado una reclamación contra el gobierno cubano que busca recuperar aproximadamente 280 millones de dólares asociados con nuestros activos expropiados”, decía el mensaje de ExxonMobil firmado por Todd Spitler, director para Medios de su departamento de Relaciones Públicas y Gubernamentales.