A las puertas del Examen Periódico Universal (EPU) que se celebrará el próximo noviembre, Cuba continúa negando a muchos de sus ciudadanos el permiso de viajar al extranjero e impidiendo a otros que regresen a su suelo patrio.
Cinco años atrás, en 2018, durante su tercer EPU, varios países criticaron al régimen por prohibir a activistas cubanos viajar a Ginebra para asistir a las sesiones.
Entonces, el director general de Asuntos Multilaterales y Derecho Internacional de la Cancillería cubana, Rodolfo Reyes, rechazó la acusación de que el régimen impida viajar a sus opositores, activistas y periodistas independientes.
“El régimen está a punto de someterse al Examen Periódico Universal, cinco años después de haber negado que se impide a los disidentes viajar fuera de Cuba, y así seguimos, bajo el eufemismo ‘regulados’, de manera arbitraria”, indicó a Martí Noticias, el músico y activista Osvaldo Navarro, sujeto a esa medida desde 2019.
Una investigación realizada por Diario de Cuba y Connectas compiló 245 regulados desde enero de 2019 hasta marzo de 2020 por razones políticas.
“Desde el Observatorio de Derechos Electorales (ODE), nuevamente ponemos nuestro foco en el punto de las prohibiciones de salida del país para activistas, periodistas independientes y artistas, así como el ingreso al territorio nacional, como un derecho ciudadano reconocido en la Constitución”, precisó el artista.
El Artículo 52 de la Carta Magna cubana instituye que “las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley”.
“Estas prácticas ilegales y represivas que limitan los derechos a la libre movilidad están condicionadas, además por la imposición del régimen de una salida sin retorno al país. Una condena al exilio de aceptar sus condiciones a las cuales nos hemos negado hasta ahora”, añadió Navarro.
El Decreto Ley 302 de 2013 en su Artículo 23 regula los permisos para viajar al extranjero por motivos personales a ciudadanos sujetos a proceso penal, con una sanción pendiente o responsabilidad civil, los que deban pasar el Servicio Militar, aquellos que sean de interés para preservar la fuerza de trabajo calificada o “cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen”.
Dentro de este último “supuesto” caen los activistas y periodistas que desean por razones de trabajo o personales salir al exterior.
En este sentido, la regulación, pese a su apariencia legal viola el derecho a la libre circulación, que además es manipulado arbitrariamente por las autoridades como instrumento represivo.
La Declaración Universal de Derechos Humanos establece en el artículo 13 que “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.
El abogado independiente Julio Alfredo Ferrer Tamayo, regulado desde 2019, lleva a cabo un proceso, contra los tribunales cubanos y el Ministerio del Interior, en el que exige la total restitución de sus derechos constitucionales.
“Las regulaciones de salidas al exterior, obedecen a una política arbitraria del gobierno y no a la Constitución, ni siquiera a otras normas de menor rango. Priman los intereses del régimen y cuan incómodo le es un opositor en determinadas circunstancias. Al impedirle la salida, impide que se conecte con organizaciones y reciba conocimientos y recursos”, señaló el abogado independiente Hildebrando Chaviano que estuvo regulado hasta 2018.
La Seguridad del Estado, ha forzado al exilio a ciudadanos de los que quiere deshacerse. Los casos más recientes el de la periodista Luz Escobar y los activistas Carlos Ernesto Díaz González, conocido como “Ktivo Disidente”, quien se encontraba en libertad condicional cuando fue montado en un avión rumbo a Nicaragua y José Díaz Silva, sacado del Combinado del Este donde estaba recluido para el Aeropuerto Internacional de La Habana.
“Cuando, por el contrario, se le obliga a abandonar el país, significa que el régimen lo prefiere lejos, rompe así los vínculos entre los líderes de la sociedad civil interna y de estos con su base popular”, agregó Chaviano.
Del mismo modo, el decreto 302 restringe la entrada al territorio nacional a aquellos que tengan antecedentes de terrorismo, tráfico de personas, narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de armas o estén vinculados con hechos contra la humanidad, la dignidad humana, etc, o estimulen, organicen o participen “en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado”.
Los ejemplos más relevantes de los últimos años: las activistas Anamely Ramos y Omara Ruiz Urquiola y la periodista Karla Pérez.