Los disidentes Alberto de la Caridad Ramírez Baró ,Alberto Antonio y Leonardo Ramírez Odio, quienes se manifestaron el 26 de Julio de 2017 en la Catedral de Santiago de Cuba, han sido sancionados por el Tribunal Provincial de Santiago de Cuba a dos años y medio de cárcel por el delito fabricado de “Peligrosidad Social Predelectiva”.
Según informó a Radio Martí el líder juvenil de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) Carlos Amel Oliva ,"a la familia se le avisó en la mañana de este jueves, cuando nos enteramos, el tribunal estaba militarizado, la familia nos contó lo que sucedió allí, un juicio totalmente parcializado. La fiscalía carecía de elementos para enjuiciar por este delito a estos activistas”, indicó.
Los opositores habían sido detenidos el día 24 de abril luego que acudieron a una citación en la 1era unidad policial de Santiago de Cuba. Allí fueron arrestados y detenidos en diferentes recintos.
El 2 de abril habían sido detenidos en la unidad policial La Primera, de Santiago de Cuba esta vez en represalia por presentar una denuncia contra un allanamiento ilegal de vivienda.
El 26 de julio de 2017 los tres activistas durante la celebración del asalto al Cuartel Moncada, subieron a la Catedral de Santiago de Cuba, gritaron consignas contra el régimen y enarbolaron carteles de protesta que denunciaban "58 años de engaño, hambre y miseria. Viva el derecho de expresión, opinión y de prensa" y demandaban que "Libertad, justicia y democracia".
Luego de la protesta, los tres opositores fueron acusados de “desorden público y Propaganda enemiga", y condenados a 5 años de prisión. Sin embargo, fueron liberados sin cargos tres meses después, el 18 de octubre de ese año.
Desde entonces los disidentes han denunciado acoso y persecución policial, un registro domiciliario, detenciones arbitrarias y varios días de vigilancia en sus viviendas por parte de la Seguridad del Estado y las brigadas de Respuesta Rápida.
La ley de peligrosidad predelectiva tiene como objetivo castigar un delito antes que se cometa. La medida, copiada del nazismo alemán, permite a los fiscales castigar con el solo pensamiento del sujeto. Los cubanos consideran injusta esta ley pues es usada en la isla para castigar por un delito antes de que cometa.
Los jóvenes cubanos son los más afectados con la ejecución de esta ley, que puede aplicarse por hechos tan simples como no pagar la cuota del CDR o no tener un empleo fijo. Las medidas de seguridad predelectiva están definidas en los artículos del 73 al 84 del Código penal cubano, y pueden llevar condenas de 1 a 4 años de cárcel.
La ley de peligrosidad social ha tenido antecedentes en Cuba, como las tristemente conocidas "Ley del vago2 y las "Unidades Militares de Ayuda a la Producción" (UMAP), estos últimos campamentos de trabajo forzado identificados con el lema “el trabajo los hará hombres”.
(A partir de un reporte de Idolidia Darias para Radio Martí)