La organización opositora Corriente Martiana envió este miércoles la documentación a Naciones Unidas de nueve casos de periodistas y activistas que han sido multados bajo la supuesta violación del artículo 68-I del Decreto Ley 370.
Estas personas han ejercido su derecho a recibir y diseminar información, según establece el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas, dijo a Radio Martí el promotor de esa organización, Moisés Leonardo Rodríguez.
"Se ha dirigido al Relator Especial para la libertad de expresión y opinión, y además al Relator para los defensores, porque se trata, en todos los casos, con excepción de uno, de actores de la sociedad civil que, aunque ejerzan el periodismo u otras funciones, también son defensores de derechos humanos", explicó.
"Dar información sobre la situación del coronavirus, o de la escasez de alimentos, ¿eso es contrario al interés social, que la gente esté informada? Las buenas costumbres... ¿Qué costumbres? ¿En qué se daña una integridad cuando se dice una verdad?", cuestionó el activista de derechos humanos.
La periodista Camila Acosta, una de las multadas, dijo que recibió una multa por compartir un video de una cola para comprar pollo en La Habana Vieja. "Es completamente ridículo", afirmó.
Rodríguez destaca que las autoridades cubanas han utilizado a inspectores de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (ETECSA), para la implementación de la medida, "pero es la Seguridad del Estado la que ordena, indica que esto debe ser hecho", denunció.
En el poblado de Sibanicú, Camagüey, el miembro del Partido Demócrata Cristiano de Cuba, Jiordan Marrero Huerta, también fue citado el pasado viernes a las oficinas de ETECSA, según le informaron, por problemas con su línea telefónica.
Al llegar al lugar supo que el verdadero motivo de la cita era "para imponerme una multa de 3,000 pesos por uso indebido de las redes sociales".
La Corriente Martiana continuará documentando los nuevos casos de multados y considera que en su momento Naciones Unidas se pronunciará al respecto. "Aunque no se vea lo que está ocurriendo, sí sabemos que los relatores cumplen esa función, de decirle al gobierno: mira, esto está mal".
El artículo 68-I dentro del Decreto Ley 370 establece como delito la difusión, a través de las redes públicas de transmisión de datos, "información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas".
El delito se castiga con multas de hasta 3,000 pesos.