El Consulado General de España en La Habana publicó en redes sociales el texto de la normativa fronteriza entre Cuba y España que impone nuevamente el permiso de salida del Departamento de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior de Cuba.
Los "hispano-cubanos no podrán abandonar Cuba sin solicitar y obtener personalmente la previa autorización por parte de las Autoridades competentes cubanas", indica el documento.
Además, la medida dispone que los ciudadanos españoles, que no posean la ciudadanía cubana, pero son residentes en Cuba deben comunicar al MININT su intención de salir del país, con una antelación de al menos 1 semana/ 10 días, llamando a los números 78589459- 78589455- 72030213- 18808.
De igual forma recae sobre las autoridades cubanas la potestad de permitir o negar la entrada a la isla a los españoles residentes, ya sean permanentes o temporales.
"Excepcionalmente, un ciudadano español residente en Cuba podrá solicitar su regreso a Cuba, al pedir una autorización especial ante la Embajada o Consulado de Cuba de su lugar de residencia. Aquellas personas que obtengan dicha autorización y consigan regresar a Cuba, deben saber que serán directamente trasladados a un Centro de Aislamiento para un periodo de 14 días".
Sobre el arribo a España, el Consulado de La Habana informa que "todos los ciudadanos españoles así como el resto de ciudadanos de la Unión Europea pueden entrar en territorio español", por lo que los ciudadanos cubanos con tarjeta de residencia (NIE) en España pueden entrar en territorio español.