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Funcionario cubano recuerda que quienes permitan focos de mosquitos podrían ir a la cárcel


Brigadas del Ministerio de Salud (MINSA) realizan labores de fumigación hoy, viernes 12 de julio de 2013, en un barrio de Managua (Nicaragua). Un reporte de personas afectadas, que fue presentado el jueves por el Ministerio de Salud, indica que hasta el 1
Brigadas del Ministerio de Salud (MINSA) realizan labores de fumigación hoy, viernes 12 de julio de 2013, en un barrio de Managua (Nicaragua). Un reporte de personas afectadas, que fue presentado el jueves por el Ministerio de Salud, indica que hasta el 1

El vicedirector del Centro Provincial de Higiene y Epidemiología de Sancti Spiritus recordó que hay leyes que condenan hasta con tres años de cárcel a quienes no cooperen con la erradicación de los focos infecciosos.

El vicedirector del Centro Provincial de Higiene, Epidemiología y Microbiología (CPHEM) de Sancti Spiritus, Jesús Gómez Villazón, advirtió a la población que existen leyes que condenan hasta con tres años de cárcel a quienes no cooperen con la erradicación de los focos infecciosos.

“En el Código Penal se establece el delito de propagación de epidemias y la familia que no coopere puede ser sancionada de un año a tres años de privación de libertad o multas”, afirmó Gómez al semanario oficial Vanguardia.

Propagación de Epidemias

Código Penal

Capitulo V : Delitos Contra la Salud Pública

Seccion Primera : Propagación de Epidemias

ARTICULO 187.1.- El que infrinja las medidas o disposiciones dictadas por las autoridades sanitarias competentes para la prevención y control de las enfermedades transmisibles y los programas o campañas para el control o erradicación de enfermedades o epidemias de carácter grave o peligrosas, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas.

2. En igual sanción incurre el que se niegue a colaborar con las autoridades sanitarias en los lugares del territorio nacional en que cualquier enfermedad trasmisible adquiera características epidémicas graves o en los territorios colindantes expuestos a la propagación.

3. El que maliciosamente propague o facilite la propagación de una enfermedad, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años.

El capítulo 5to. Del Código Penal establece los Delitos Contra la Salud Pública, estando la propagación de epidemias prevista en el Artículo 187.1.

El funcionario confirmó la existencia de 98 casos de dengue en esa región y aseguró que no se ha reportado ningún caso de muerte a causa de esa enfermedad ni del cólera.

Ante la insensibilidad de la población, ya sea por ignoracia o temor a los insecticidas, la doctora Asiris Pérez Pérez, directora del CPHEM, dijo que “no hemos tenido toda la cooperación del pueblo en el enfrentamiento al vector”.

Gómez admitió la existencia de focos de Aedes aegypti, concentrados fundamentalmente en los municipios de Trinidad y la propia ciudad capital, al tiempo que lamentó la poca atención prestada por la población a los peligros que suponen los criaderos de mosquitos que transmiten el dengue, y el Chinkungunya.

“En el caso del Aedes aegypti ha estado bien comprometida la situación higiénica. Hoy la provincia aporta un número de focos superior a igual etapa del año anterior, sobre todo en los municipios de Trinidad y Sancti Spíritus, que son los que se han mantenido con esta situación.

Gómez dijo que en estos momentos no hay casos de cólera en Sancti Spíritus, aunque “sí han existido brotes de enfermedades gastrointestinales en la provincia” y “en otros momentos” se han reportado casos de cólera en los municipios de Jatibonico, Taguasco, Cabaiguán y Sancti Spíritus.

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